Impuesto de Sucesiones y Donaciones: qué es, plazo y cómo se calcula
¿Qué es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones?
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es un impuesto que grava la transmisión de bienes y derechos entre las personas. El impuesto de Sucesiones se abona cuando fallece una persona y deja bienes en herencia, haya dejado o no testamento y por tanto, grava las transmisiones patrimoniales que se realizan tanto a título gratuito como “mortis causa” (por causa de fallecimiento).
¿Cual es el Plazo para su Liquidación?
El impuesto ha de ser abonado en un plazo de 6 meses a contar desde la fecha del fallecimiento del causante o testador (en caso de que haya testamento). Existe la posibilidad de solicitar prórroga por otros 6 meses, no obstante ello supone el abono de intereses de demora.
¿Cómo se Calcula?
Se calcula según la conocida como “Base Imponible” que se obtiene del valor neto de los bienes y derechos que configuran la conocida como masa hereditaria. A esta cantidad hay que restarle gastos, cargas y deudas para saber cuál es la herencia concreta y qué corresponde a cada heredero. El resultado es la base imponible y sobre ese valor, se aplica el impuesto final correspondiente.
Existe una polémica generada en torno al Impuesto de Sucesiones debido a las diferencias que hay en el pago de dicho impuesto dependiendo de la Comunidad Autónoma donde se tribute. Esto es debido a que las competencias estatales fueron cedidas a dichas CC.AA. aplicando cada una de ellas criterios dispares que dan lugar a diferencias notables en la cantidad a pagar entre cada una de ellas. A modo de ejemplo, un andaluz por aceptar la misma herencia, tiene que pagar cien veces más que un ciudadano de Madrid y mil doscientas veces más que uno de las Islas Canarias. Lo cual genera unos elevadísimos desequilibrios entre los contribuyentes españoles dependiendo de donde residan estos.
Miguel González de Miguel, abogado especialista y nuestro colaborador sobre temas legales y judiciales de AbogadoResponde.net, da unos Consejos Legales para Ahorrar dinero en la Tramitación del Patrimonio en materia de Derecho de Sucesiones a través de su foro. Él nos asegura que en muchos casos (depende del caso concreto, por lo que habría que analizar cada caso de forma individualizada), sobre todo cuando hablamos por línea general de grandes patrimonios, es mucho más aconsejable hacer una donación en vida de dichos bienes que transmitirlos por Herencia. Indistintamente de que la donación de bienes inmuebles suele ser por regla general más cara que la sucesión.
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